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Inscripción y reinscripción
Requisitos para inscribirse a esta licenciatura:
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Ingreso
La Legislación Universitaria, establece en su Reglamento General de Inscripciones que:
Artículo 2. Para ingresar a la Universidad es indispensable:
Artículo 4. Para ingresar al nivel de licenciatura el antecedente académico indispensable es el bachillerato, cumpliendo con lo prescrito en el artículo 8 de este reglamento.
Artículo 8. Una vez establecido el cupo para cada carrera o plantel y la oferta de ingreso establecida para el concurso de selección, los aspirantes serán seleccionados según el siguiente orden:
En cualquier caso se mantendrá una oferta de ingreso a egresados de bachillerato externos a la UNAM.
Artículo 11. Los estudiantes que provengan de otras instituciones de enseñanza superior podrán ingresar al nivel de licenciatura, en años posteriores al primero, cuando:
En ningún caso se revalidará o acreditará más del 40% del total de los créditos de la carrera.
Artículo 2. Para ingresar a la Universidad es indispensable:
- Solicitar la inscripción de acuerdo con los instructivos que se establezcan.
- Haber obtenido en el ciclo de estudios inmediato anterior un promedio mínimo de siete o su equivalente.
- Ser aceptado mediante concurso de selección que comprenderá una prueba escrita y que deberá realizarse dentro de los períodos que al efecto se señalen.
Artículo 4. Para ingresar al nivel de licenciatura el antecedente académico indispensable es el bachillerato, cumpliendo con lo prescrito en el artículo 8 de este reglamento.
Artículo 8. Una vez establecido el cupo para cada carrera o plantel y la oferta de ingreso establecida para el concurso de selección, los aspirantes serán seleccionados según el siguiente orden:
- Alumnos egresados de la Escuela Nacional Preparatoria y del Colegio de Ciencias y Humanidades que hayan concluido sus estudios en un máximo de cuatro años contados a partir de su ingreso, con un promedio mínimo de siete.
- Aspirantes con promedio mínimo de siete en el bachillerato seleccionado en el concurso correspondiente a quienes se asignara carrera y plantel de acuerdo con la calificación que hayan obtenido en el concurso y hasta el límite del cupo establecido.
En cualquier caso se mantendrá una oferta de ingreso a egresados de bachillerato externos a la UNAM.
Artículo 11. Los estudiantes que provengan de otras instituciones de enseñanza superior podrán ingresar al nivel de licenciatura, en años posteriores al primero, cuando:
- Cumplan con los requisitos de los incisos a) y b) del artículo 2 y el cupo de los planteles lo permita;
- Sean aceptados en el concurso de selección a que se refiere el artículo 2, el cual consistirá para el caso, en un examen global, escrito y oral de las materias que pretenden revalidar o acreditar, por lo menos ante dos sinodales.
En ningún caso se revalidará o acreditará más del 40% del total de los créditos de la carrera.
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Última actualización 26.07.2018 |